Tributación global de la vivienda en Castilla y León.
La tributación global sobre la vivienda en Castilla y León, España, abarca diversos impuestos y tasas que se aplican en las fases de compra, posesión y venta de una propiedad, así como en otros supuestos como el alquiler o la herencia. A continuación, detallo los principales impuestos y su aplicación en Castilla y León, basándome en la normativa general española y las especificidades autonómicas, con cálculos aproximados para una vivienda tipo. Incluyo información relevante de las fuentes proporcionadas y se refiere a una visión general para residentes y no residentes, con énfasis en 2025.
1. Impuestos al comprar una vivienda
Los impuestos al adquirir una vivienda en Castilla y León dependen de si es una vivienda nueva o de segunda mano:
- Vivienda nueva (comprada a un promotor):
- IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido): 10% del precio de compra para viviendas estándar (4% para viviendas de protección oficial).
- Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD): En Castilla y León, la tasa general es del 1,5% del precio de compra, aunque puede reducirse al 0,01% para viviendas de protección oficial o para jóvenes menores de 36 años que adquieran su primera vivienda habitual, siempre que cumplan ciertos requisitos (por ejemplo, valor inferior a 150.000 €).
- Ejemplo: Para una vivienda nueva de 200.000 €:
- IVA: 200.000 × 0,10 = 20.000 €
- AJD: 200.000 × 0,015 = 3.000 € (o 20 € si aplica la reducción)
- Total: 23.000 € (o 20.020 € con reducción).
- Vivienda de segunda mano:
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): En Castilla y León, la tasa general es del 8% del precio de compra. Existen bonificaciones:
- 4% para viviendas de protección oficial o para jóvenes menores de 36 años que adquieran su primera vivienda habitual (valor inferior a 150.000 €).
- 0,01% en casos específicos, como adquisición de vivienda habitual por familias numerosas o personas con discapacidad.
- Ejemplo: Para una vivienda de segunda mano de 200.000 €:
- ITP: 200.000 × 0,08 = 16.000 € (o 8.000 € si aplica el 4%, o 20 € con bonificación del 0,01%).
- Otros gastos asociados:
- Notaría: Entre 0,2% y 0,5% del precio (aproximadamente 600-1.000 € para una vivienda de 200.000 €).
- Registro de la Propiedad: Entre 0,1% y 2% (aproximadamente 400-700 €).
- Gestoría (opcional): 300-500 €.
- Total estimado adicional: 1.300-2.200 €.
- Recomendación: Los expertos sugieren reservar un 10-12% adicional al precio de compra para cubrir impuestos y gastos, además del 20% de entrada si se solicita hipoteca.
2. Impuestos durante la posesión de la vivienda
Los propietarios de viviendas en Castilla y León deben pagar impuestos anuales, independientemente de su residencia fiscal:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI):
- Es un impuesto municipal basado en el valor catastral de la propiedad.
- La tasa varía según el municipio, entre 0,4% y 1,1%. En Castilla y León, el promedio es de aproximadamente 0,7%.
- Ejemplo: Para una vivienda con valor catastral de 100.000 €:
- IBI: 100.000 × 0,007 = 700 €/año.
- En Castilla y León, municipios como Valladolid o León pueden tener tasas cercanas al 0,6-0,8%, mientras que zonas rurales podrían estar en el extremo inferior.
- Tasa de basuras (Exacciones Municipales):
- Cubre servicios como recogida de residuos y alcantarillado.
- En Castilla y León, el coste medio es de unos 80-150 €/año para un piso de 3 habitaciones, aunque varía por municipio.
- Ejemplo: 100 €/año para una vivienda estándar.
- Impuesto sobre la Renta (IRPF) o Imputed Income Tax para no residentes:
- Residentes: Si la vivienda es la habitual, no se tributa por ella en el IRPF, salvo deducciones específicas (ver abajo). Si es una segunda vivienda, se imputa una renta ficticia del 2% del valor catastral (o 1,1% si el valor ha sido revisado en los últimos 10 años), que se suma a la base imponible del IRPF (tasa progresiva de 19% a 47%).
- No residentes: Pagan un impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR) del 19% (ciudadanos UE/EEE) o 24% (no UE) sobre el 1,1% del valor catastral si la vivienda no está alquilada.
- Ejemplo: Vivienda con valor catastral de 100.000 €, no alquilada, propietario no residente (UE):
- Renta imputada: 100.000 × 0,011 = 1.100 €
- Impuesto: 1.100 × 0,19 = 209 €/año.
- Si es no UE: 1.100 × 0,24 = 264 €/año.
- Impuesto sobre el Patrimonio:
- Grava el valor neto de los bienes, incluyendo viviendas, si supera los 700.000 € por persona (exención para residentes). En Castilla y León, la tasa varía de 0,2% a 3,75% según el valor patrimonial.
- Para la mayoría de propietarios de viviendas estándar (valor inferior a 700.000 €), este impuesto no aplica.
- Deducciones autonómicas:
- Castilla y León ofrece deducciones en el IRPF para:
- Alquiler de vivienda habitual para jóvenes menores de 36 años (hasta 20% del alquiler, máximo 459 €/año).
- Compra o rehabilitación de vivienda en núcleos rurales (hasta 15% de los gastos, con límites).
- Estas deducciones son aplicables en la declaración de la renta de 2024, presentada en 2025.
3. Impuestos al alquilar una vivienda
Si la vivienda se alquila, se aplican los siguientes impuestos:
- Residentes:
- Los ingresos por alquiler se declaran como rendimientos del capital inmobiliario en el IRPF, con una deducción del 60% si es la vivienda habitual del inquilino. La tasa es progresiva (19% a 47%).
- Ejemplo: Alquiler de 800 €/mes (9.600 €/año), ingreso neto tras deducción del 60%: 9.600 × 0,4 = 3.840 €, gravados según la escala del IRPF.
- No residentes:
- Pagan un impuesto fijo del 19% (UE/EEE) o 24% (no UE) sobre los ingresos brutos por alquiler, sin deducciones por gastos en el caso de no UE.
- Ejemplo: Alquiler de 9.600 €/año, no residente UE:
- Impuesto: 9.600 × 0,19 = 1.824 €/año.
- No UE: 9.600 × 0,24 = 2.304 €/año.
- La declaración se presenta trimestralmente (antes del 20 de enero, abril, julio y octubre).
- Viviendas de uso turístico:
- En Castilla y León, las viviendas de uso turístico están reguladas por el Decreto 3/2017 (BOCYL-D-17022017-1). Los ingresos se declaran como alquiler, pero están sujetos a IVA (21%) si se prestan servicios adicionales (limpieza, catering, etc.). Si solo se alquila la vivienda, se aplica el régimen de IRPF o IRNR.
4. Impuestos al vender una vivienda
Al vender una vivienda, los impuestos principales son:
- Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU, Plusvalía Municipal):
- Es un impuesto municipal basado en el incremento del valor catastral del suelo desde la compra hasta la venta.
- En Castilla y León, la tasa varía según el municipio y el tiempo de posesión (hasta 30% del incremento).
- Ejemplo: Vivienda con incremento del valor catastral del suelo de 20.000 € tras 10 años, tasa municipal del 20%:
- Plusvalía: 20.000 × 0,20 = 4.000 €.
- No se paga si el valor del suelo no ha aumentado.
- Impuesto sobre la Renta (Ganancia Patrimonial):
- Residentes: La ganancia (diferencia entre el precio de venta y el de compra, menos gastos deducibles) se grava en el IRPF con tasas progresivas:
- 19% hasta 6.000 €
- 21% de 6.000 a 50.000 €
- 23% de 50.000 a 200.000 €
- 27% a partir de 200.000 € (2024, sujeta a cambios en 2025).
- Exención si la vivienda es habitual y el vendedor reinvierte en otra vivienda habitual en 2 años, o si tiene más de 65 años y era su vivienda habitual.
- No residentes: Pagan un 19% (UE/EEE) o 24% (no UE) sobre la ganancia patrimonial. El comprador retiene el 3% del precio de venta y lo ingresa a Hacienda como anticipo del impuesto.
- Ejemplo: Venta por 250.000 €, compra por 200.000 €, gastos deducibles de 5.000 €:
- Ganancia: 250.000 - 200.000 - 5.000 = 45.000 €
- Impuesto no residente (UE): 45.000 × 0,19 = 8.550 €.
- Retención del 3%: 250.000 × 0,03 = 7.500 € (ajustable en la declaración).
5. Impuestos en herencias y donaciones
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:
- En Castilla y León, los herederos directos (cónyuges, hijos, padres) disfrutan de una reducción del 95% en el valor de la vivienda habitual, hasta un máximo de 122.606 € por heredero, si mantienen la propiedad 10 años.
- Para herencias, la base imponible se grava con tasas progresivas (7,65% a 34%), pero las bonificaciones autonómicas reducen significativamente la cuota para familiares cercanos.
- En donaciones, Castilla y León aplica reducciones para vivienda habitual (hasta 95% para descendientes directos) si se cumplen requisitos (por ejemplo, valor inferior a 200.000 €).
- Ejemplo: Herencia de vivienda habitual valorada en 200.000 €, hijo heredero:
- Valor tras reducción: 200.000 × 0,05 = 10.000 €
- Impuesto: 10.000 × 7,65% (tasa mínima) = 765 € (aproximado, sujeto a otros factores).
6. Tributación global estimada para una vivienda tipo
Supongamos una vivienda en Valladolid, Castilla y León, con un valor de compra de 200.000 €, valor catastral de 100.000 €, poseída durante 10 años y luego vendida por 250.000 €:
- Compra (vivienda de segunda mano):
- ITP: 16.000 € (8%).
- Notaría y registro: 1.500 €.
- Total: 17.500 €.
- Posesión (10 años, no alquilada, propietario no residente UE):
- IBI: 700 €/año × 10 = 7.000 €.
- Tasa de basuras: 100 €/año × 10 = 1.000 €.
- IRNR: 209 €/año × 10 = 2.090 €.
- Total anual: 1.009 €/año.
- Total 10 años: 10.090 €.
- Venta:
- Plusvalía municipal: 4.000 € (estimado).
- Ganancia patrimonial: 8.550 € (19% sobre 45.000 €).
- Total: 12.550 €.
- Tributación global (10 años):
- Compra + Posesión + Venta = 17.500 + 10.090 + 12.550 = 40.140 €.
- Promedio anual: 40.140 ÷ 10 = 4.014 €/año.
7. Consideraciones específicas para Castilla y León
- Bonificaciones autonómicas: Castilla y León es generosa con deducciones para jóvenes, familias numerosas y zonas rurales, especialmente en la compra y alquiler de vivienda habitual.
- Crisis de vivienda: Según fuentes, la oferta de vivienda en Castilla y León solo cubre el 16% de la demanda, lo que puede influir en los precios y, por ende, en los impuestos basados en el valor.
- Viviendas turísticas: La regulación estricta (Decreto 3/2017) implica trámites adicionales y posible tributación por IVA si se ofrecen servicios.
- Propuesta de 100% de impuesto para no residentes no UE: Aunque no está aprobada, el gobierno español anunció en enero de 2025 una posible tasa del 100% sobre compras de vivienda por no residentes no UE, lo que podría afectar a Castilla y León si se implementa.
8. Recomendaciones
- Verifica el desglose: Confirma los conceptos incluidos en cualquier cálculo (por ejemplo, excluir IAJD de los gastos hipotecarios reclamables, como en tu consulta anterior).
- Consulta un asesor fiscal: La tributación depende de la residencia fiscal, el tipo de vivienda y las circunstancias personales. Un experto puede optimizar deducciones y evitar errores.
- Fuentes oficiales: Revisa el BOE, la Agencia Tributaria () o el Portal de Turismo de Castilla y León () para normativas actualizadas.
- Calculadoras online: Usa herramientas como la de para estimar impuestos en municipios específicos (Valladolid, León, etc.).
Respuesta final
La tributación global sobre una vivienda en Castilla y León incluye:
- Compra: ITP (8%, bonificable a 4% o 0,01%) o IVA (10%) + AJD (1,5%, bonificable a 0,01%), más notaría y registro (1.300-2.200 €).
- Posesión: IBI (0,4-1,1%, promedio 700 €/año), tasa de basuras (80-150 €/año), IRPF o IRNR (209-264 €/año para no residentes), y posible Impuesto sobre el Patrimonio (>700.000 €).
- Alquiler: IRPF (19-47%, con 60% deducción) o IRNR (19-24% sobre ingresos brutos).
- Venta: Plusvalía municipal (variable, hasta 30% del incremento del valor del suelo) y ganancia patrimonial (19-27% residentes, 19-24% no residentes).
- Herencias: Reducción del 95% para vivienda habitual (máximo 122.606 € por heredero). Para una vivienda de 200.000 € poseída 10 años, el coste fiscal total aproximado es de 40.140 € (4.014 €/año), con posibles reducciones por bonificaciones autonómicas. Consulta un asesor para cálculos precisos y deducciones aplicables.
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