¿Qué convenios laborales en España prorratean las pagas extras a 12 meses?
En España, la prorrata de las pagas extraordinarias (generalmente dos al año: una en verano y otra en Navidad) en 12 meses depende de lo establecido en el convenio colectivo aplicable a cada sector o empresa, ya que no existe una normativa general que lo imponga. Algunos convenios laborales acuerdan distribuir el importe de las pagas extras en las nóminas mensuales para facilitar una retribución más regular a lo largo del año. A continuación, detallo los puntos clave:
- Convenios que suelen incluir la prorrata:
- Convenio de Hostelería: En muchos casos, como en el convenio de hostelería de algunas comunidades autónomas (por ejemplo, Cataluña o Baleares), las pagas extras se prorratean en 12 mensualidades, aunque puede variar según la región o el acuerdo de empresa.
- Convenio de Comercio: En sectores como el comercio minorista o mayorista (por ejemplo, el convenio de comercio de alimentación), es común que las pagas extras se distribuyan mensualmente.
- Convenio de Contact Centers: Este convenio suele incluir la prorrata de las pagas extras en las nóminas mensuales.
- Convenio de Oficinas y Despachos: En algunos casos, como en el convenio de oficinas y despachos de ciertas provincias, se establece la prorrata de las pagas.
- Convenio de Limpieza: En el sector de la limpieza, muchos convenios autonómicos incluyen la prorrata de las pagas extraordinarias.
- Regulación legal:
- El Estatuto de los Trabajadores (artículo 31) establece que los trabajadores tienen derecho a al menos dos pagas extraordinarias al año, pero no obliga a prorratearlas. La prorrata depende del convenio colectivo o del acuerdo individual entre empresa y trabajador.
- Si el convenio no lo especifica, las pagas extras se abonan en los períodos habituales (junio/julio y diciembre), pero la empresa y el trabajador pueden pactar su prorrata.
- Cómo identificar si un convenio prorratea las pagas:
- Consulta el convenio colectivo de tu sector o empresa, que puedes encontrar en el Boletín Oficial del Estado (BOE) o en los boletines oficiales de las comunidades autónomas.
- Busca en el texto del convenio términos como “prorrata”, “paga extraordinaria” o “distribución mensual”. Por ejemplo, un convenio puede indicar: “Las pagas extraordinarias se abonarán prorrateadas en 12 mensualidades”.
- Si no estás seguro, puedes preguntar al departamento de recursos humanos de tu empresa o a un representante sindical.
- Ejemplos específicos:
- Convenio Colectivo de Hostelería de la Comunidad de Madrid: En algunos casos, establece la posibilidad de prorratear las pagas extras si así se acuerda.
- Convenio Colectivo Estatal de Contact Centers: Estipula que las pagas extraordinarias se prorratean en las nóminas mensuales, salvo pacto en contrario.
- Convenio de Comercio de Textil: En varias provincias, como Barcelona, las pagas se prorratean.
- Excepciones:
- Si el convenio no menciona la prorrata, las pagas se abonan en los períodos tradicionales, salvo que haya un acuerdo individual o de empresa.
- En algunos casos, los trabajadores pueden solicitar que no se prorrateen las pagas si prefieren recibirlas en los meses habituales.










