¿Un jubilado puede gestionar su explotación agraria?¿Cómo?
Sí, un agricultor o ganadero jubilado en España, incluyendo Valladolid, puede gestionar su explotación agraria tras la jubilación, pero hay consideraciones legales, fiscales y administrativas importantes que afectan cómo hacerlo y las implicaciones, especialmente en relación con la pensión, la Seguridad Social, y el acceso a ayudas de la Política Agraria Común (PAC). A continuación, detallo la respuesta, basada en la normativa vigente hasta mayo de 2025, con un enfoque claro y conciso:
1. Jubilación Activa: Gestionar la Explotación y Cobrar la Pensión
Un jubilado puede gestionar su explotación agraria bajo el régimen de jubilación activa, que permite combinar la pensión con ingresos por actividades económicas, como la agricultura o ganadería.
- Requisitos:
- Haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación (en 2025, 66 años y 6 meses si se han cotizado menos de 38 años, o 65 años si se han cotizado 38 años o más).
- Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA).
- Mantener la explotación registrada en el REGEPA (Registro General de la Producción Agrícola) o REGA (Registro General de Explotaciones Ganaderas).
- Cumplir con los criterios de agricultor activo según la PAC 2023-2027, que incluyen realizar una actividad agraria significativa y estar al corriente con la Seguridad Social y Hacienda.
- Condiciones de la pensión:
- El jubilado recibe el 50% de la pensión mientras gestiona la explotación.
- Si contrata a un trabajador por cuenta ajena, puede cobrar el 100% de la pensión, incentivando la creación de empleo.
- Debe cotizar a la Seguridad Social por incapacidad temporal (IT) y accidentes de trabajo (cuota reducida, aproximadamente 100-150 euros/mes, según la base de cotización).
- Obligaciones:
- Declarar los ingresos de la explotación en el IRPF como rendimientos de actividades económicas (en el régimen de módulos o estimación directa, según corresponda).
- Cumplir con las normativas de la PAC (prácticas medioambientales, bienestar animal, etc.) para recibir pagos directos o eco-regímenes.
- Ventajas:
- Permite seguir trabajando en la explotación y generar ingresos adicionales.
- Acceso a ayudas de la PAC, como pagos por hectárea o el Plan Renove de Maquinaria Agrícola (hasta 12,000-20,000 euros para un tractor nuevo).
- Desventajas:
- Implica seguir cotizando a la Seguridad Social, aunque a una cuota reducida.
- La gestión activa puede ser físicamente exigente para un jubilado.
- Ejemplo práctico: Un agricultor jubilado de 67 años en Valladolid gestiona 30 hectáreas de cereal, cobra el 50% de su pensión (por ejemplo, 600 euros/mes de una pensión de 1,200 euros), cotiza unos 120 euros/mes en el RETA, y recibe pagos de la PAC por sus tierras (aproximadamente 150-200 euros/hectárea).
2. Jubilación Completa: Gestionar sin Alta en la Seguridad Social
Si el jubilado se da de baja en la Seguridad Social para cobrar el 100% de la pensión, aún puede gestionar su explotación, pero con limitaciones:
- Titularidad: Puede mantener la titularidad de la explotación (tierras o ganado) registrada en el REGEPA o REGA, ya que la propiedad no depende del alta en la Seguridad Social.
- Gestión directa:
- El jubilado puede cultivar tierras o criar ganado, pero no será considerado agricultor activo según la PAC, ya que no cotiza en el RETA o SETA ni cumple el requisito de generar al menos el 25% de sus ingresos por la actividad agraria.
- Consecuencia: No podrá solicitar pagos directos de la PAC (como el pago básico por hectárea) ni ayudas como el Plan Renove o las de modernización de explotaciones, que exigen estar al corriente con la Seguridad Social.
- Los ingresos de la explotación se declaran en el IRPF como rendimientos de actividades económicas (si gestiona directamente) o como rendimientos del capital inmobiliario (si arrienda).
- Alternativas para mantener ingresos:
- Arrendamiento: El jubilado puede arrendar la explotación a un agricultor activo, manteniendo la titularidad. El arrendatario solicita las ayudas de la PAC, y el jubilado declara los ingresos del arrendamiento (por ejemplo, 200 euros/hectárea al año) como rendimientos del capital inmobiliario en el IRPF. El contrato debe cumplir con la Ley 49/2003 de Arrendamientos Rústicos y registrarse en el REGEPA o REGA.
- Cesión a un familiar: Puede ceder la explotación a un joven agricultor (18-40 años) o nuevo agricultor (40-60 años), accediendo a una ayuda de hasta 85,000 euros para el cedente (si es mayor de 57 años y deja de realizar actividades agrarias comerciales) y hasta 70,000 euros para el joven que se incorpora. Plazo para 2025: hasta el 6 de junio para ciertas convocatorias relacionadas con la titularidad compartida (consultar BOCyL).
- Ventajas:
- Cobra el 100% de la pensión sin cotizar a la Seguridad Social.
- Arrendar o ceder permite ingresos pasivos o una compensación significativa sin gestionar directamente.
- Desventajas:
- Pierde acceso a las ayudas de la PAC y otras subvenciones.
- La gestión directa sin ser agricultor activo puede ser menos rentable.
3. Aspectos Legales y Fiscales
- Seguridad Social:
- En jubilación activa, el jubilado debe cotizar por IT y accidentes de trabajo.
- En jubilación completa, al darse de baja en el RETA o SETA, no tiene obligaciones de cotización, pero pierde el estatus de agricultor activo.
- IRPF:
- Gestión directa: Los ingresos se declaran como actividades económicas (módulos o estimación directa).
- Arrendamiento: Los ingresos se declaran como rendimientos del capital inmobiliario.
- Cesión: Las ayudas por cesión (hasta 85,000 euros) se consideran ganancias patrimoniales, sujetas a tributación.
- Impuestos locales: En Valladolid, el jubilado paga el IBI rústico por las tierras, con una reducción del 5% en 2025 y posibles bonificaciones del 50% si instala placas solares.
- PAC 2023-2027: Solo los agricultores activos (con alta en la Seguridad Social o ingresos agrarios significativos) pueden recibir pagos directos. Si el jubilado no es agricultor activo, debe arrendar o ceder la explotación para que otro lo solicite.
4. Recomendaciones para Valladolid
- Evalúa la jubilación activa: Si el jubilado tiene salud y desea seguir gestionando la explotación, la jubilación activa es viable, especialmente si quiere acceder a la PAC o ayudas como el Plan Renove (hasta 20,000 euros para maquinaria). Contacta con la Tesorería General de la Seguridad Social en Valladolid (C/ Boston, 8, 47007 Valladolid, teléfono: 983 219 700) para calcular la cuota reducida.
- Considera arrendar o ceder: Si la gestión es demasiado exigente, arrendar la explotación genera ingresos pasivos, y cederla a un familiar (por ejemplo, un hijo menor de 40 años) permite aprovechar ayudas de incorporación y sucesión. ASAJA Valladolid (C/ Hípica, 1, 47007 Valladolid, teléfono: 983 472 350, info@asajacyl.com) ofrece asesoramiento para contratos y trámites.
- Actualiza registros: Asegúrate de que la explotación esté inscrita en el REGEPA o REGA. Contacta con la Dirección Provincial de Agricultura (C/ Santuario, 4, 47002 Valladolid, teléfono: 983 414 000) para actualizar datos si arriendas o cedes.
- Revisa convocatorias 2025: Consulta el BOCyL y la web de la Junta de Castilla y León (agriculturaganaderia.jcyl.es) para plazos de ayudas, especialmente para cesión o incorporación (hasta el 6 de junio para titularidad compartida).
- Formaliza acuerdos: Usa contratos notariales para arrendamientos o cesiones, y consulta con una gestoría agraria para el IRPF y registros.
5. Conclusión
Un agricultor o ganadero jubilado puede gestionar su explotación agraria en Valladolid, pero debe elegir entre:
- Jubilación activa: Gestionar directamente, cotizando a la Seguridad Social, cobrando el 50%-100% de la pensión y accediendo a la PAC.
- Jubilación completa: Gestionar sin alta en la Seguridad Social, pero sin acceso a la PAC ni ayudas, o arrendar/ceder la explotación para ingresos pasivos o compensaciones (hasta 85,000 euros por cesión). La mejor opción depende de la salud, objetivos económicos y la existencia de herederos. ASAJA Valladolid y la Junta de Castilla y León pueden orientar sobre trámites y convocatorias de 2025.









