¿Cómo se fija el precio de la energía que cobra el productor en España?¿Qué es el bono social?
En España, el precio de la energía que cobra el productor en el mercado eléctrico mayorista (donde los productores venden la electricidad a las comercializadoras) se fija principalmente a través de un sistema de subasta diaria gestionado por el Operador del Mercado Ibérico de Energía (OMIE). Este proceso, conocido como mercado diario o pool, se basa en la interacción entre la oferta y la demanda de electricidad. A continuación, te explico cómo funciona y los factores clave:
1. Mecanismo de fijación del precio (sistema marginalista)
- Oferta de los productores: Cada día, los productores de energía (centrales nucleares, renovables, hidráulicas, de gas, etc.) presentan ofertas al mercado indicando la cantidad de energía que pueden suministrar y a qué precio por cada hora del día siguiente.
- Orden de mérito: Las ofertas se ordenan de menor a mayor precio. Las fuentes más baratas (como renovables y nucleares, con costes de producción bajos o nulos) entran primero, seguidas de otras más caras (como ciclos combinados de gas).
- Precio marginal: El precio final por cada hora lo determina la última oferta aceptada para cubrir la demanda prevista, conocida como el precio marginal. Todas las centrales que producen en esa hora cobran este mismo precio, independientemente de su oferta inicial.
- Ejemplo: Si las renovables cubren parte de la demanda a bajo coste, pero se necesita una central de gas (más cara) para completar la demanda, el precio marginal será el de la central de gas, y todas las centrales cobrarán ese precio.
2. Mercado diario e intradiario
- Mercado diario: Se celebra el día anterior (alrededor de las 12:00) para establecer los precios y volúmenes de energía para cada hora del día siguiente.
- Mercado intradiario: Permite ajustes en tiempo real (a lo largo del día) para corregir desequilibrios entre oferta y demanda, con varias sesiones que refinan los precios.
- Desde el 11 de junio de 2025, el precio en el mercado diario se fijará cada 15 minutos en lugar de cada hora, lo que permitirá una mayor precisión en la respuesta a la demanda.
3. Factores que influyen en el precio
- Demanda de energía: A mayor demanda (por ejemplo, en horas punta o en olas de calor/frío), se requieren fuentes más caras, lo que eleva el precio marginal.
- Disponibilidad de fuentes renovables: Días con mucho viento o sol (eólica o fotovoltaica) reducen el precio, ya que estas fuentes son más baratas. Por ejemplo, el 1 de abril de 2024, los precios fueron negativos debido a una alta producción eólica e hidráulica por la borrasca Nelson.
- Costes de combustibles fósiles: El precio del gas natural, usado en ciclos combinados, influye directamente en el precio marginal cuando estas centrales son necesarias.
- Mercado de futuros: Desde 2024, el precio no solo depende de la subasta diaria, sino que incluye un porcentaje del mercado de futuros (40% en 2025, aumentando al 55% en 2026), lo que introduce mayor estabilidad pero también complejidad.
- Condiciones climáticas: Lluvias o vientos fuertes favorecen la producción renovable, mientras que la sequía aumenta la dependencia de fuentes más caras.
- Regulaciones y políticas: Medidas como el tope al gas (vigente hasta 2023) o impuestos afectan indirectamente el precio que reciben los productores.
4. Otros componentes del precio final
Aunque el precio que cobra el productor se basa en el mercado mayorista, el precio que paga el consumidor final incluye:
- Peajes de acceso: Costes regulados para el mantenimiento de la red eléctrica.
- Impuestos: IVA (21% en 2025, salvo excepciones como el Bono Social con 10%) y el Impuesto sobre la Electricidad.
- Margen de comercialización: Añadido por las comercializadoras en el mercado libre.
- Costes de ajuste: Servicios adicionales para garantizar la estabilidad de la red (por ejemplo, reservas o regulación secundaria).
5. Casos especiales: Subastas de renovables
En el caso de proyectos renovables específicos, los productores pueden participar en subastas reguladas organizadas por el Gobierno, donde se fija un precio garantizado por megavatio-hora (MWh) durante un periodo determinado (por ejemplo, 20 años). Sin embargo, estas subastas han sido criticadas por el secretismo en los precios máximos establecidos por el Gobierno, lo que ha llevado a bajos niveles de adjudicación en algunos casos, como en las subastas termosolares de 2022.
6. Ejemplo práctico (datos recientes)
- El 17 de mayo de 2025, el precio medio de la luz en el mercado mayorista fue de 0,0871 €/kWh (8,71 céntimos/kWh), con un mínimo de 0,0591 €/kWh (14:00-15:00) y un máximo de 0,1308 €/kWh (22:00-23:00), según Red Eléctrica de España.
- En 2023, el precio medio anual fue de 60,26 €/MWh (6,026 céntimos/kWh), mostrando una tendencia a la baja respecto a años anteriores debido al aumento de renovables.
7. Contexto de independencia energética
España tiene una alta dependencia de importaciones de gas y petróleo, lo que influye en los precios cuando las renovables no cubren la demanda total. La creciente penetración de fuentes renovables (eólica, solar) está reduciendo esta dependencia, pero no elimina la necesidad de fuentes de respaldo (como el gas) que encarecen el precio marginal en ciertos momentos.
Conclusión
El precio que cobra el productor en España se determina principalmente por el precio marginal del mercado mayorista, establecido a través de subastas diarias e intradiarias gestionadas por OMIE, donde la última central necesaria para cubrir la demanda fija el precio para todos. Factores como la demanda, la disponibilidad de renovables, los costes de combustibles fósiles y el mercado de futuros influyen directamente. Aunque los productores de energías renovables suelen ofrecer precios más bajos, el sistema marginalista implica que todos reciben el precio de la fuente más cara utilizada, lo que genera debate sobre su equidad.
Por otro lado, recuerda que lo que paga el consumidor depende del contrato que cada uno tenga con su comercializadora y si te acoges al pvpc y/o tienes bono social.
*Los requisitos para tener derecho al bono social son:
El Bono Social Eléctrico en España es una ayuda del Gobierno para reducir la factura de la luz de consumidores vulnerables. A continuación, se detallan los requisitos para solicitarlo en 2025, basados en la normativa vigente y la información disponible:
Requisitos generales:
- Titularidad del contrato eléctrico:
- El solicitante debe ser una persona física y titular de un contrato de suministro eléctrico en su vivienda habitual.
- Debe tener contratada la tarifa regulada (PVPC) con una potencia contratada igual o inferior a 10 kW.
- Cumplir con alguno de los siguientes criterios (al menos uno):
- Renta baja:
- La renta anual del titular o de la unidad de convivencia debe ser igual o inferior a 1,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) de 14 pagas, que en 2024 es de 12.600 €/año para una persona sin menores a cargo.
- Este umbral aumenta en:
- 0,3 IPREM (2.250 €) por cada adulto adicional en la unidad de convivencia.
- 0,5 IPREM (4.200 €) por cada menor.
- Ejemplo: Para una unidad de convivencia con dos adultos y un menor, el límite es 19.320 €/año (1,5 + 0,3 + 0,5 IPREM).
- En circunstancias especiales (discapacidad ≥33%, víctimas de violencia de género, terrorismo, familias monoparentales o dependencia grado II/III), el límite de renta se incrementa en 1 IPREM (8.400 €).
- Familias numerosas:
- Tener el título oficial de familia numerosa en vigor. No se aplica el criterio de renta, pero para ser considerado vulnerable severo, la renta debe ser ≤ 16.800 €/año (2 x IPREM).
- Pensionistas:
- Todos los miembros de la unidad de convivencia con ingresos deben ser pensionistas del Sistema de Seguridad Social (por jubilación o incapacidad permanente), percibir la pensión mínima y no tener otros ingresos superiores a 500 €/año.
- Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV):
- El titular o algún miembro de la unidad de convivencia debe ser beneficiario del IMV. Se aplican los criterios de renta anteriores para determinar el nivel de vulnerabilidad.
- Límites de consumo:
- El descuento se aplica hasta un límite máximo de consumo anual, que varía según el tipo de hogar:
- Ejemplo: Para familias numerosas, el límite es de 4.761 kWh/año (396,75 kWh/mes). La energía consumida por encima de este límite se factura al precio PVPC sin descuento.
Categorías de beneficiarios y descuentos (2025):
- Consumidor vulnerable: Descuento del 50% (1 de enero al 30 de junio de 2025) y 42,5% (1 de julio al 31 de diciembre de 2025) en la factura PVPC (término de energía y potencia).
- Consumidor vulnerable severo:
- Renta ≤ 50% del umbral de consumidor vulnerable (por ejemplo, ≤ 6.300 €/año para una persona sola) o cumplir con los criterios de IMV, pensión mínima o familia numerosa con renta ≤ 16.800 €/año.
- Descuento del 65% (1 de enero al 30 de junio de 2025) y 57,5% (1 de julio al 31 de diciembre de 2025).
- Consumidor en riesgo de exclusión social:
- Debe ser vulnerable severo y estar atendido por servicios sociales de una administración autonómica o local que financie al menos el 50% de la factura PVPC.
- No se paga la factura eléctrica, y el suministro no puede cortarse por impago.
Documentación necesaria:
- Formulario de solicitud cumplimentado (disponible en la web de la comercializadora de referencia).
- Fotocopia del DNI/NIE del titular y de los miembros de la unidad de convivencia (incluidos menores con NIE, si lo tienen).
- Libro de familia o certificados que acrediten la relación entre los miembros de la unidad de convivencia (o declaración responsable para estado civil).
- Certificado de empadronamiento colectivo de la unidad de convivencia.
- Documentación específica según el caso:
- Título de familia numerosa (si aplica).
- Certificado de pensión mínima o IMV.
- Documento de servicios sociales para riesgo de exclusión social.
Cómo solicitarlo:
- Contactar con una Comercializadora de Referencia (COR) (como Curenergía, Energía XXI, Régsiti, etc.).
- Presentar la solicitud por:
- Online: A través de la web de la COR.
- Teléfono: Por ejemplo, Curenergía (900 200 708).
- Correo postal, fax o en oficinas físicas (si existen).
- La comercializadora tiene 10 días hábiles para responder, indicando si se aprueba o deniega la solicitud.
Otros detalles:
- Vigencia: El bono tiene una duración de 2 años, renovable automáticamente si se siguen cumpliendo los requisitos (excepto familias numerosas, que deben renovar al caducar su título).
- Prohibición de cortes: Hasta el 31 de diciembre de 2025, no se puede suspender el suministro eléctrico a beneficiarios del Bono Social.
- Bono Social Térmico: Los beneficiarios del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior reciben automáticamente esta ayuda (mínimo 40 €/año en 2025) para gastos de calefacción, agua caliente o cocina, según la zona climática y el grado de vulnerabilidad.
- Límite geográfico: Solo aplica a la vivienda habitual, no a segundas residencias.










