¿Cómo donar una sociedad a dos hijos en Castilla y león con el menor coste fiscal? PROCEDIMIENTO





 Introducción al Menor Coste Fiscal en Castilla y León

En Castilla y León, la donación de participaciones sociales de una sociedad (como una sociedad limitada o anónima) a hijos se beneficia de un régimen fiscal altamente favorable, regulado por la Ley 3/2021, de 3 de mayo (modificada y actualizada en normativas posteriores como la Ley 4/2024, de 9 de mayo). Esto permite un coste fiscal prácticamente nulo (alrededor del 1% de la cuota calculada), gracias a dos mecanismos principales:
  • Bonificación general del 99% en la cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD): Aplicable a donaciones entre padres e hijos (descendientes o adoptados), siempre que se formalice en documento público (escritura notarial). Esta bonificación se aplica tras calcular la cuota íntegra y es compatible con otras reducciones.
  • Reducción del 99% en la base imponible para "empresas familiares": Mejora la reducción estatal del 95% (artículo 20.6 de la Ley 29/1987 del ISD). Se aplica si la sociedad califica como empresa familiar (domicilio fiscal y actividad en Castilla y León, al menos 50% de activos afectos a actividad económica, y el donante con >5% de participación y funciones de dirección). Requiere mantener la plantilla laboral durante 3 años tras la donación.
Ventajas clave para minimizar el coste:
  • El ISD es el principal impuesto (gestionado por la Junta de Castilla y León). El donante (padre) no tributa en IRPF por ganancia patrimonial si se aplica la reducción por empresa familiar (artículo 33.3.c de la Ley 35/2006 del IRPF).
  • No hay Plusvalía Municipal si no hay transmisión de inmuebles (solo participaciones).
  • Coste total estimado: 1% del valor de las participaciones (después de bonificación), más ~0,5-1% en notaría y registro (500-2.000€ dependiendo del valor).
  • Para dos hijos: Se puede donar en partes iguales o desiguales; cada uno declara por separado, aplicando bonificaciones individuales.
Requisitos generales para el menor coste:
  • La sociedad debe tener domicilio fiscal en Castilla y León y realizar actividad económica real.
  • Los hijos deben residir en España (preferentemente en CyL para simplicidad).
  • Si los hijos son menores, se necesita autorización judicial o representación legal.
  • Plazo: 1 mes desde la donación para liquidar el ISD.
Si la sociedad no califica como "familiar" (ej. cotiza en bolsa o >50% activos financieros), solo aplica la bonificación del 99%, pero el coste sigue siendo mínimo.Procedimiento Paso a PasoSigue estos pasos para ejecutar la donación con el menor coste fiscal. Recomiendo consultar a un notario y asesor fiscal para personalizar (coste ~300-500€).
Paso
Descripción
Documentos/Requisitos
Tiempo Estimado
Coste Aproximado
1. Preparación y Verificación
Evalúa si la sociedad es "empresa familiar". Calcula el valor de las participaciones (valor teórico contable del último balance auditado, o mayor entre nominal, contable o capitalización de beneficios al 20%). Divide entre los dos hijos (ej. 50% cada uno). Asegura que el donante (>65 años o incapacitado para reducción completa, pero en CyL es flexible).
- Balances últimos 3 años. - Certificado de domicilio fiscal. - Estatutos sociedad. - DNI donante/hijos.
1-2 semanas
0€ (interno)
2. Acuerdo Privado (Opcional)
Firma un pacto privado de donación para alinear voluntades (no sustituye al paso 3).
- Minuta de acuerdo.
1 día
0€
3. Formalización Notarial
Eleva a público la donación ante notario. Incluye cláusulas de mantenimiento de plantilla (3 años) si aplica reducción 99%. El notario inscribe en el Registro Mercantil. Obligatorio para bonificación 99%.
- Escritura pública. - Justificante de valor (balance). - Autorización si hijos menores.
1-3 días
0,5-1% del valor (~300-1.000€)
4. Liquidación del ISD
Cada hijo presenta autoliquidación individual (Modelo 651) en los Servicios Territoriales de Hacienda de la Junta (o telemáticamente vía sede.jcyl.es). Aplica reducciones y bonificación. Pago en entidades colaboradoras (bancos).
- Modelo 651 (descargable en agenciatributaria.gob.es). - Copia escritura. - DNI. - Cálculo: Base imponible - 99% (si empresa) → Cuota → -99% bonificación.
1 mes desde donación
~1% valor neto (ej. 1.000€ para 100.000€)
5. Inscripción y Cumplimiento
Inscribe cambio de participaciones en Registro Mercantil. Monitorea plantilla 3 años (declaración anual si aplica).
- Certificado registral.
1-2 semanas
~100-200€ (registro)
6. Opcional: Declaración IRPF Donante
Si no aplica exención IRPF, declara en renta (pero con reducción empresa, suele ser 0€).
- Modelo 100 (Renta).
Anual
0€ si exento
Ejemplo Práctico de Cálculo (para 100.000€ total, 50.000€ por hijo)
  • Base imponible por hijo: 50.000€.
  • Reducción 99% empresa familiar: Base liquidable = 500€.
  • Cuota íntegra (tarifa estatal/CyL, tramo bajo): ~7,65% de 500€ = ~38€.
  • Bonificación 99%: Cuota a pagar = 0,38€ por hijo (total ~0,76€).
  • Total fiscal: <1€ + notaría/registro (~800€).
Consideraciones Finales
  • Riesgos: Si no se mantiene plantilla, devolución de beneficios + recargos. Verifica actualizaciones en tributos.jcyl.es (vigente a 2025).
  • Alternativas si no aplica: Donación en vida vs. herencia (similar fiscalidad en CyL).

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