Ayudas al nacimiento de hijos en Castilla y León.



En Castilla y León, la principal ayuda al nacimiento de hijos es el Bono Nacimiento, una subvención otorgada por la Junta de Castilla y León para familias con hijos nacidos o adoptados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. A continuación, te detallo las características principales de esta ayuda, basada en la información disponible:
Detalles del Bono Nacimiento
  • Objetivo: Subvencionar los gastos asociados al nacimiento o adopción de un menor, fomentando la natalidad y apoyando el comercio local.
  • Cuantía: Varía según el nivel de renta familiar y el número de hijos:
    • Renta hasta 40.000 €: 1.500 € (1º hijo), 2.000 € (2º hijo), 2.500 € (3º hijo y siguientes).
    • Renta entre 40.001 y 60.000 €: 1.000 € (1º hijo), 1.500 € (2º hijo), 2.000 € (3º hijo y siguientes).
    • Renta superior a 60.000 €: 500 € (1º hijo), 1.000 € (2º hijo), 1.500 € (3º hijo y siguientes).
    • Casos especiales:
      • La cuantía se duplica si el menor tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
      • En partos múltiples o adopciones simultáneas, se concede el importe más alto correspondiente al número de orden de los hijos dentro de cada tramo de renta.
  • Forma de pago: A través de una Tarjeta Familia (tarjeta prepago) enviada al domicilio por correo certificado, con el 50% del importe inicialmente y el 50% restante a los 6 meses. No permite reintegros en efectivo.
  • Uso: Solo en comercios de Castilla y León para productos básicos relacionados con la crianza (alimentación infantil, pañales, higiene, ropa, accesorios, farmacias, etc.). Los beneficiarios deben conservar los justificantes de pago, ya que la Junta puede requerirlos para verificar el uso adecuado.
  • Plazo de solicitud:
    • Nacidos entre el 1 de enero y el 27 de febrero de 2025: Desde el 27 de febrero hasta el 27 de mayo de 2025.
    • Nacidos del 28 de febrero al 31 de diciembre de 2025: Dentro de los 3 meses siguientes al nacimiento o adopción.
    • La ayuda complementaria por discapacidad puede solicitarse junto con la solicitud inicial o antes de que el menor cumpla 5 años.
Requisitos
  • Los progenitores (o el responsable familiar en familias monoparentales) y el menor deben estar empadronados en un municipio de Castilla y León en la fecha del nacimiento o adopción.
  • Tener residencia legal en España con documentación acreditativa.
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No estar privados de la patria potestad ni que la tutela del menor haya sido asumida por una institución pública.
  • En familias monoparentales, las mujeres víctimas de violencia de género pueden ser consideradas únicas responsables familiares.
Solicitud
  • Vía preferente: Telemática, a través de la Sede Electrónica de Castilla y León (disponible desde el 28 de febrero de 2025 para 2025). Se accede a una aplicación informática para registrar la solicitud.
  • Documentación: Debe incluir los datos de ambos progenitores (si aplica) y cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria. No se admiten solicitudes en papel con enmiendas o tachaduras.
  • Resolución: La Gerencia de Servicios Sociales tramita las solicitudes, y los beneficiarios reciben la Tarjeta Familia en un plazo no inferior a 1 mes tras la resolución.
Incompatibilidades
  • El Bono Nacimiento es incompatible con las deducciones autonómicas en el IRPF por nacimiento o adopción (1.010 € por el 1º hijo, 1.475 € por el 2º, 2.351 € por el 3º y siguientes; mayores en municipios de menos de 5.000 habitantes). Si se opta por el Bono, no se puede aplicar la deducción fiscal.
  • Es compatible con otras ayudas, salvo las de naturaleza análoga otorgadas por la Junta.
Otras consideraciones
  • Fiscalidad: Las ayudas del Bono Nacimiento están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Renuncia: Solo se puede renunciar por cambios en las circunstancias personales, como mudarse fuera de Castilla y León, lo que impediría usar la Tarjeta Familia.
  • Impacto: En 2024, se concedieron 7.326 bonos, superando los 7.182 de 2023, con un presupuesto de 19,6 millones de euros (ampliable).
Otras ayudas relacionadas
  • Bono Concilia: Ayuda de 750 € para familias con hijos de 0 a 3 años (nacidos entre 2021 y 2023) que trabajen y necesiten conciliar. Requiere estar empadronado y trabajar en Castilla y León.
  • Subvenciones por reducción de jornada o excedencia: Hasta 1.500 € para familias que reduzcan su jornada o tomen excedencia para cuidar a menores de 12 años, personas con discapacidad o familiares. Plazo: 31 de marzo a 30 de abril de 2025.
  • Deducciones fiscales adicionales:
    • Por familia numerosa: 600 € (general), 1.500 € (4 hijos), 2.500 € (5 hijos, +1.000 € por hijo adicional).
    • Por cuidado de menores: 30% de gastos de empleada de hogar (máx. 322 €) o 100% de gastos de guardería (máx. 1.320 €).
    • Por adopción internacional: 784 € (general) o 3.625 € (internacional).
Para más información, consulta la Sede Electrónica de Castilla y León (www.tramitacastillayleon.jcyl.es) (www.tramitacastillayleon.jcyl.es) o la web de la Dirección General de Familias (familia.jcyl.es).

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