¿Cómo tributa un atleta sus ganancias en España?

 



En España, los atletas tributan sus ganancias principalmente a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), aunque el tratamiento fiscal depende de varios factores, como si son residentes fiscales en España, la naturaleza de sus ingresos y su situación personal. A continuación, te detallo cómo funciona:
1. Residencia fiscal
  • Residentes fiscales en España: Si el atleta reside en España (pasa más de 183 días al año en el país o tiene su centro de intereses económicos aquí), tributa por su renta mundial, es decir, por todas sus ganancias, independientemente de dónde se generen.
  • No residentes: Si no son residentes, solo tributan en España por los ingresos obtenidos en territorio español, generalmente a través de una retención fija (24% para no residentes de la UE/EEE, 19% para residentes de la UE/EEE, según 2025).
2. Tipos de ingresos y su tributación
Los ingresos de un atleta pueden clasificarse en varias categorías, cada una con su propio tratamiento fiscal:
a) Ingresos por premios en competiciones
  • Los premios obtenidos en competiciones (por ejemplo, torneos, carreras, etc.) se consideran rendimientos del trabajo o ganancias patrimoniales, dependiendo del caso.
  • Para residentes: Se integran en la base imponible general del IRPF y se gravan según la escala progresiva (del 19% al 47% en 2025, dependiendo de la cuantía de los ingresos totales).
  • Para no residentes: Se aplica una retención directa (19%/24%, como se mencionó).
b) Ingresos por patrocinios y contratos publicitarios
  • Estos se consideran rendimientos de actividades económicas si el atleta actúa como autónomo o tiene una sociedad. En este caso:
    • Debe darse de alta en el Régimen de Autónomos y facturar con IVA (21% en la mayoría de los casos, aunque puede haber exenciones para ciertos servicios internacionales).
    • Los ingresos netos (ingresos menos gastos deducibles) se integran en la base imponible general del IRPF.
  • Si el atleta es empleado de una marca o equipo (por ejemplo, bajo un contrato laboral), los ingresos se consideran rendimientos del trabajo y están sujetos a retenciones por IRPF según la escala progresiva.
c) Derechos de imagen
  • Los ingresos por derechos de imagen suelen canalizarse a través de sociedades para optimizar la tributación, gravándose por el Impuesto sobre Sociedades (25% en general) en lugar del IRPF.
  • Sin embargo, Hacienda vigila estas estructuras para evitar el abuso fiscal. Al menos el 15% de los ingresos por derechos de imagen debe tributar como rendimiento del trabajo en el IRPF si se cede a una sociedad.
d) Otros ingresos (contratos, becas, etc.)
  • Las becas deportivas pueden estar exentas del IRPF si cumplen ciertos requisitos (por ejemplo, las otorgadas por organismos públicos para formación o entrenamiento).
  • Los contratos con clubes o federaciones se tratan como rendimientos del trabajo, sujetos a retenciones.
3. Escala del IRPF para residentes (2025)
La tributación progresiva para residentes en España en 2025 es aproximadamente:
  • Hasta 12.450 €: 19%
  • De 12.450 € a 20.200 €: 24%
  • De 20.200 € a 35.200 €: 30%
  • De 35.200 € a 60.000 €: 37%
  • De 60.000 € a 300.000 €: 45%
  • Más de 300.000 €: 47%
A esto se suman posibles tramos autonómicos, ya que las comunidades autónomas pueden ajustar parte de la tarifa.
4. Gastos deducibles
Los atletas residentes que operen como autónomos pueden deducir gastos relacionados con su actividad, como:
  • Equipamiento deportivo.
  • Viajes y alojamiento para competiciones.
  • Honorarios de entrenadores, fisioterapeutas o representantes.
  • Cuotas de autónomos o seguros.
Es crucial conservar facturas y justificar que los gastos están vinculados a la actividad profesional.
5. Obligaciones fiscales
  • Declaración de la Renta: Los atletas residentes deben presentar la declaración anual del IRPF, incluyendo todos sus ingresos mundiales.
  • Pagos a cuenta: Los autónomos deben realizar pagos trimestrales a cuenta del IRPF y declarar el IVA si corresponde.
  • Modelo 720: Si el atleta residente tiene bienes o derechos en el extranjero (cuentas bancarias, inversiones, etc.) por más de 50.000 €, debe presentar el Modelo 720 ante Hacienda.
6. Particularidades para atletas de élite
  • Los atletas de alto nivel (reconocidos por el Consejo Superior de Deportes) pueden beneficiarse de ciertas ventajas fiscales, como exenciones en becas o ayudas públicas.
  • Los ingresos por competiciones internacionales pueden estar sujetos a convenios de doble imposición entre España y el país donde se genera el ingreso, evitando pagar impuestos dos veces.
7. Asesoramiento fiscal
Dado que la tributación de un atleta puede ser compleja, especialmente si tiene ingresos internacionales o estructuras societarias, es recomendable contar con un asesor fiscal especializado en deportistas para optimizar la carga fiscal y cumplir con todas las obligaciones.

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